Opublikowano multa por no registrar contrato de trabajo

gobierno regional cusco misión y visión

Definir, proponer o actualizar en el Plan de Desarrollo Concertado, las prioridades, vocaciones productivas, políticas, metas, acciones y lineamientos estratégicos de mediano y largo plazo en la potenciación y mejor desempeño de la economía regional y de promoción de la inversión privada, así como, supervisar y evaluar su cumplimiento; Formular, proponer o actualizar políticas y estrategias de promoción de la inversión privada en la región, así como, supervisar y evaluar su cumplimiento; Coordinar y compatibilizar los planes y prioridades de inversión de la región con el Gobierno Nacional y los gobiernos locales; Formular, promover e identificar proyectos de ámbito regional para la participación de la inversión privada; Identificar las trabas y problemática de carácter legal que afecten los procesos de promoción y de la inversión privada, proponiendo soluciones para superarlas; Brindar orientación e información actualizada a los inversionistas potenciales, a las empresas establecidas en la región y a los gobiernos locales de su jurisdicción; Actualizar y difundir permanentemente la información económica y estadística de la Región; Promover la imagen de la región como destino de inversión en relación con otros mercados; Identificar y facilitar el aprovechamiento de oportunidades para la formación de ejes de desarrollo, corredores y conglomerados económicos; Coordinar y participar del Organismo Promotor de la Inversión Privada (OPIP), así como, en la conformación de los Comités Especiales de Promoción de la Inversión Privada (CEPRI’s) como Secretaria Técnica; Desarrollar convenios de cooperación mutua con las universidades e institutos para identificar oportunidades de inversión; Otras funciones que le asigne la Gerencia Regional de Desarrollo Económico; Coordinar, formular, proponer, y evaluar el Plan Concertado de Competitividad de la Región; Promover la innovación y transferencia tecnológica para los productos y servicios de la Región; Impulsar alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado que fomenten la competitividad regional; Fortalecer las redes de colaboración entre empresas, instituciones y organizaciones sociales, a fin de establecer estrategias de inserción en cadenas de valor; Identificar las limitaciones para el desarrollo de los factores de competitividad regional; Promover la productividad, calidad y la certificación de productos y servicios de la región, buscando ampliar el mercado interno y hacer posible su exportación; Constituir alianzas estratégicas con las universidades y la inversión privada para la formación de los centros de investigación y tecnología para el desarrollo regional con el financiamiento de las partes intervinientes y/o de agencias de cooperación; Otras funciones que le asigne, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico; Formular, coordinar y proponer políticas, normas, planes, programas y proyectos de alcance regional en materia de competencia de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, orientados al mejoramiento de la calidad de los servicios básicos; Supervisar y monitorear el cumplimiento de políticas nacionales y regionales, así como, normas, planes, programas, proyectos y actividades en materias de su competencia; Monitorear y evaluar: la calidad de los servicios, el otorgamiento de permisos, autorizaciones, concesiones sectoriales y el cumplimiento de las funciones asignadas a las direcciones regionales sectoriales a cargo de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, en estricta aplicación de las políticas nacionales y regionales; Coordinar la articulación de las políticas de desarrollo económico con la política económica y los planes estratégicos Regionales; Diseñar e implementar un sistema de gestión de monitoreo y evaluación que permita medir el impacto de los programas y proyectos de desarrollo económico; Identificar y diseñar indicadores para medir el desempeño, efectos e impactos de los programas y políticas de desarrollo económico; Proponer convenios y alianzas estratégicas que fortalezcan la gestión de la Gerencia Regional y la participación de los agentes en materias que le corresponda, así como evaluar su cumplimiento; Sistematizar datos e información legal, técnica y estadística para actualizar indicadores en el Sistema de Información Regional; así como, formular políticas, normatividad regional, planes, programas, proyectos, actividades y realizar acciones de seguimiento en materias de su competencia; Proponer y conducir las políticas sectoriales en materia de vialidad, transportes, comunicaciones, telecomunicaciones y construcción; Emitir opiniones sobre políticas, planes, programas, proyectos y actividades en materias de su competencia; Organizar, dirigir, controlar y conducir la formulación, ejecución y seguimiento de proyectos de infraestructura en el ámbito regional; Dirigir y efectuar el seguimiento a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones para efectuar el análisis y valoración de acciones realizadas de acuerdo a los documentos de gestión aprobados por la instancia correspondiente en la perspectiva de mejorar la calidad y provisión de los servicios públicos de su responsabilidad; Impulsar los espacios de cooperación y conducción interinstitucional, intersectorial e interregional para el desarrollo integral de la región; Conducir la formulación, ejecución y seguimiento de programas y proyectos de inversión en materias que le compete; Conducir la ejecución de obras por la modalidad de ejecución presupuestaria directa e indirecta, así como de estudios de inversión por las modalidades indicadas; Proponer convenios y alianzas estratégicas para impulsar a la población organizada e instituciones para la ejecución de estudios y proyectos de acuerdo a los dispositivos legales; Promover el desarrollo de capacidades en modernización y la innovación tecnológica; Efectuar seguimiento técnico - financiero para verificar el cumplimiento de lo programado por las Unidades Orgánicas de la Gerencia Regional, orientados al mejoramiento de la calidad y provisión de los servicios públicos que le compete; Proponer convenios y analizar estrategias que fortalezcan la gestión de la Gerencia Regional y la participación de los agentes en materia que le corresponda; Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones. El Gobierno Regional de Cusco, ejerce sus competencias exclusivas, no pudiendo delegar ni transferir las funciones y atribuciones inherentes a ella. Su sigla es SGPI. Su Sigla es ORH. Decreto Legislativo Nº 1091, que Promueve los Servicios Especializados en la Elaboración de Estudios de Pre inversión y Evaluación de Proyectos de Inversión Pública. Su sigla es OCTI. Subgerencia de Atención a las Personas con Discapacidad. - Son competencias constitucionales del Gobierno Regional del Cusco, las establecidas en el Artículo 192º de la Constitución Política del Perú, y en el Artículo 9° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales: Artículo 13º. Artículo 169°. -Son funciones de la Secretaría General: Artículo 38°.- La Secretaría General mantiene las siguientes líneas de interrelación: Artículo 39°. Asimismo, su sede se encuentra en la ciudad de Cusco, con domicilio legal en la Avenida Tomasa Tito Condemayta s/n, del distrito de Wanchaq, provincia de Cusco. Artículo 75º. - La Oficina de Gestión Patrimonial es un órgano técnico normativo de tercer nivel organizacional, responsable de administrar, cautelar, registrar y fiscalizar los bienes patrimoniales del Gobierno Regional del Cusco. - La Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones es un órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Infraestructura, tiene a su cargo las funciones específicas en materia de vialidad, transportes, comunicaciones, telecomunicaciones y construcción, señalados en los Artículos 56º y 57º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Su sigla es CR. - El Consejo de Coordinación Regional tendrá la siguiente composición: Artículo 47º. - La Subgerencia de Normatividad y Gestión Social Regional es un órgano de línea del tercer nivel organizacional, responsable de la formulación, propuesta, promoción e implementación de las políticas regionales en materia de desarrollo social; así como, del seguimiento y cumplimiento de las normas de aplicación nacional y regional, en materia de competencia de la Gerencia Regional de Desarrollo Social. GENERALIDADES El Gobierno Regional Cusco está ubicado en la calle Tomasa Titto Condemayta S/N en la ciudad del … Servicios públicos, Gerencia General Regional -Los directores regionales están facultados a emitir resoluciones directorales regionales, en los asuntos de su competencia. Su misión es organizar y conducir la gestión pública regional, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo de la … - La Subgerencia de Programación e Inversiones, es un órgano técnico del Sistema de Inversión Pública, de tercer nivel organizacional, responsable de elaborar la Programación Multianual de Inversión del Gobierno Regional del Cusco y de declarar la viabilidad de los Proyectos de Inversión Pública. WebMisión. - Son funciones de la Oficina de Contabilidad: Artículo 92°.- La Oficina de Contabilidad, mantiene las siguientes líneas de interrelación: Artículo 93°. - La Subgerencia de Planeamiento es un Órgano de asesoramiento de tercer nivel organizacional, responsable de ejercer la función general de planeamiento diseñando políticas, estrategias y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, así mismo le corresponde las funciones específicas sectoriales en materia de planificación estratégica prospectiva. -Son funciones de la Gerencia General Regional: Artículo 44°.- Depende jerárquica y administrativamente de la Presidencia Regional: Artículo 83°. -El Presidente Regional dicta normas y disposiciones a través de decretos regionales y resoluciones ejecutivos regionales. Artículo 174°.- La Dirección Regional de Cultura, mantiene las siguientes líneas de interrelación: Artículo 173°.- La Dirección Regional de Cultura, para el cumplimiento de sus funciones, formula y propone su Reglamento de Organización y Funciones, para su aprobación mediante Ordenanza Regional. Proyecto Especial Regional IMA Artículo 51°.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, actuará como Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación Regional, debiendo oportunamente presentar los documentos para su análisis. Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales. VisiónLa Región Cusco será un espacio de gestión de desarrollo, con una adecuada y eficiente integración y articulación interregional e intrarregional, socialmente atendida con educación y empleo de calidad que habrá reducido significativamente la pobreza extrema. El Jefe de la Oficina Regional de Control Institucional adoptará las medidas pertinentes para la cautela y custodia del acervo documental; Cautelar que el personal de la Oficina Regional dé cumplimiento a las normas y principios que rigen la conducta, impedimentos, incompatibilidades y prohibiciones de los funcionarios y servidores públicos, de acuerdo a las disposiciones de la materia; Mantener en reserva la información clasificada obtenida en el ejercicio de sus actividades; Otras funciones que establezca la Contrataría General de la República. En cada Gerencia Regional se constituirá un Comité Técnico, presidido por el Gerente Regional e integrado por los titulares de las subgerencias y de los órganos desconcentrados de su competencia. Tomasa Ttito Condemayta Nro. - Son funciones de la Subgerencia de Desarrollo Institucional: Artículo 82°.- La Subgerencia de Desarrollo Institucional, mantiene las siguientes líneas de interrelación: Artículo 111°. - Las disposiciones establecidas en el presente Reglamento de Organización y Funciones son de aplicación y de obligatorio cumplimiento por todos los órganos del Gobierno Regional de Cusco. Visión “Ser la caja municipal más innovadora y rentable, … -Los gerentes regionales están facultados para emitir resoluciones gerenciales regionales a través de los cuales resuelven asuntos administrativos y sectoriales en el ámbito de su competencia. Quinta.-Las Direcciones Regionales Sectoriales presentaran en su plazo de sesenta (60) días sus respectivos Reglamentos de Organización y Funciones, para su aprobación. Artículo 136°. Promover el desarrollo socio-económico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes. Artículo 194°.- La Dirección Regional de Educación, mantiene las siguientes líneas de interrelación: Artículo 193°.- La Dirección Regional de Educación para el cumplimiento de sus funciones, formula y propone su Reglamento de Organización y Funciones para su aprobación mediante Ordenanza Regional. Su sigla es OCL. Es responsable de brindar atención integral a los menores en estado de abandono moral y material ingresados a la Aldea por disposición judicial, encargándose de su formación, alimentación, salud, educación formal y ocupacional, capacitación en todos sus niveles, preparándolos para la vida en sociedad durante el tiempo que dure su internamiento. Su sigla es CCR. Primera.-El presente Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Cusco, rige a partir del día siguiente de su publicación. Funciones en materia de energía, minas e hidrocarburos. Su sigla es OTES. El personal del Magisterio Regional y los profesionales de la salud, se encuentran sujetos a sus regímenes laborales especiales. Artículo 25°.- La Presidencia Regional, mantiene relaciones interinstitucionales con el Poder Ejecutivo, Poder Judicial, con otros Gobiernos Regionales, Universidades, Colegios Profesionales, Centros de Investigación y otras instituciones públicas y privadas comprometidas con el desarrollo regional. Diseñar, proponer e implementar políticas, estrategias y métodos en materia de Cooperación Técnica Internacional, en armonía con los objetivos y políticas del Gobierno Regional; Elaborar, proponer y ejecutar el Plan Anual de Cooperación Técnica Internacional, de acuerdo con la demanda y oferta de recursos; Conducir, orientar y dirigir los requerimientos de Cooperación Técnica Internacional demandados por las instancias orgánicas del Gobierno Regional; así como, coordinar la validación de proyectos que requieran Cooperación Técnica Internacional, previa evaluación; Elaborar y mantener actualizado el Registro de Entidades, Instituciones de Cooperación Técnica Internacional y/o Fuentes Cooperantes; Elaborar y mantener actualizado el Registro de Organismos no Gubernamentales que desarrollan actividades en el ámbito Regional; Gestionar la obtención de recursos de fuentes de Cooperación Internacional para el cumplimiento de los objetivos del Gobierno Regional, incluidos los que correspondan al fortalecimiento institucional; Coordinar con entidades nacionales e internacionales relacionadas con el ámbito de su competencia; Desarrollar acciones orientadas al cumplimiento de la Ley que crea el Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional No Reembolsable (SINDCIN); Emitir opinión técnica en los asuntos de su competencia; Formular el Programa Anual de Cooperación Técnica y Financiera Internacional de la Región, en armonía con los objetivos, metas y políticas del Desarrollo Regional Concertado; Promover en las instituciones públicas y privadas la generación de Proyectos de Cooperación Técnica Internacional, que respondan a los objetivos del Plan de Desarrollo Regional Concertado; Realizar el seguimiento técnico y evaluación de las actividades de Cooperación Técnica Internacional y elaborar informes periódicos; Difundir y velar por el cumplimiento de las normas vigentes sobre Cooperación Técnica y Financiera Internacional entre las instituciones públicas y los Organismos No Gubernamentales; así como proponer la modificación o actualización de las mismas; Coordinar, orientar y normar el Sistema de Cooperación Técnica Internacional en el ámbito regional; Gestionar y facilitar el aporte de la cooperación internacional y las empresas privadas en programas de desarrollo regional; Establecer coordinaciones con organismos cooperantes que otorgan becas y crédito educativo, así como mantener un banco de información sobre becas de estudio y capacitación que beneficie a la población en general; Gestionar convenios, acuerdos y proyectos de cooperación técnica internacional y realizar el seguimiento y evaluación de los mismos; Planear, organizar, integrar, dirigir y evaluar las políticas y planes regionales en materia de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana en el ámbito de su competencia, en concordancia con las políticas generales de gobierno y los planes sectoriales; Participar en la difusión de la doctrina y educación de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, promoviendo la formación cívico patriótica de la población en el ámbito del Gobierno Regional; Asesorar, participar y velar por el estricto cumplimiento de la normatividad referida al Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), en lo concerniente al Gobierno Regional del Cusco, velando asimismo por el cumplimiento de la normatividad vigente, que regule aspectos sobre Defensa Civil, Defensa Nacional y Seguridad Ciudadana de aplicación regional; Planear, programar, ejecutar y supervisar las acciones de Defensa Nacional en el ámbito regional y compatibilizar los planes estratégicos regionales con las políticas de Defensa Nacional; Coordinar y concertar acciones pertinentes a la Defensa Nacional, con las municipalidades provinciales y distritales, así como con la población en los ámbitos regionales; Efectuar el planeamiento, preparación y ejecución de la movilización regional concordante con las responsabilidades asignadas en el Plan de Movilización Nacional del Sistema de Defensa Nacional; Formular, proponer, ejecutar, dirigir, controlar y evaluar las políticas del Sistema Regional de Defensa Civil – SIREDECI, en concordancia con las políticas generales de gobierno y los planes sectoriales; Desarrollar acciones referidas a las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil que sean de su competencia, así como de las evaluaciones de riesgo y similares que soliciten los administrados; Organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y en caso de ocurrencia, brindar ayuda directa e inmediata a los damnificados, con el fin de lograr la rehabilitación de las zonas afectadas, involucrando a los demás órganos del Gobierno Regional u otras instituciones públicas y privadas del ámbito regional; Promover y facilitar la formación y equipamiento de Compañías de Bomberos Voluntarios en la Región; Organizar y realizar simulacros y simulaciones en los centros laborales, educativos, comunales, públicos y privados de la jurisdicción regional; Coordinar y supervisar acciones tendientes a evitar el poblamiento en zonas de riesgo;; Coordinar y participar en las acciones del Centro de Operaciones de Emergencia de la Región - COER y sus Comisiones; Promover y apoyar la educación y seguridad vial; Estudiar y analizar la problemática de la Seguridad Ciudadana Regional, a fin de formular las directivas sobre la materia con el objeto de reducir y/o eliminar las causas que motivan la violencia, criminalidad organizada y delincuencia común a nivel regional; Formular, dirigir, regular, ejecutar, promover y supervisar las acciones orientadas a la prevención de la violencia, promoviendo una cultura de paz, orden y seguridad; Asesorar, apoyar e implementar la conformación del Comité Regional de Seguridad Ciudadana; Asesorar y apoyar al Comité Regional de Seguridad Ciudadana en la formulación de los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como en la ejecución de los mismos en la jurisdicción regional, en el marco de la política nacional diseñado por el CONASEC. S/N (al Lado Colegio María de la Merced) d) … - La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, es un Órgano de Asesoramiento del Gobierno Regional del Cusco, de segundo nivel organizacional, responsable de ejercer la función General de Planeamiento, diseñando políticas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa conforme a Ley. Artículo 23º. Promoción, gestión y regulación de actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel, correspondientes a los sectores agricultura, pesquería, industria, comercio, turismo, energía, hidrocarburos, minas, transportes, comunicaciones y medio ambiente. - La Presidencia Regional, es el Órgano Ejecutivo de primer nivel organizacional del Gobierno Regional del Cusco; recae en el Presidente Regional quien es la máxima autoridad de su jurisdicción, representante legal y Titular del Pliego Presupuestal del Gobierno Regional. Subgerencia de Gestión de la Competitividad e Innovación Tecnológica. Cusco será una región con una base económica productiva en un franco proceso de despegue, en armonía con el medio ambiente; posicionando su producción en los principales mercados internacionales y mejorando los niveles de vida de su población. - La Dirección Regional de Energía y Minas es un órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, que tiene a su cargo las funciones específicas en materia de energía, minas e hidrocarburos, señalados en el Artículo 59º de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales en lo que les corresponda. El Programa Regional de Desarrollo de Capacidades Humanas. Artículo 163º. Su sigla es OASA. Santiago, es un distrito seguro, ordenado limpio, inclusivo, en el que sus pobladores acceden a una cobertura de servicios de educación, salud, saneamiento … - La Secretaría del Consejo Regional, es el órgano de apoyo del Consejo Regional, de segundo nivel organizacional, responsable de programar, ejecutar y coordinar el apoyo administrativo y legal del Consejo Regional, coordinando sus actividades y ejecutando las directivas que se imparten. - La Oficina de Tesorería es un órgano técnico y normativo de apoyo de tercer nivel organizacional, responsable de programar, conducir, coordinar, orientar y ejecutar las acciones de los diversos procesos correspondientes al Sistema de Tesorería en el Gobierno Regional. Funciones en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación. Artículo 34º. -El Gobierno Regional del Cusco constituye un Pliego Presupuestal. - Son funciones de la Oficina de Recursos Humanos: Artículo 89°.- La Oficina de Recursos Humanos, mantiene las siguientes líneas de interrelación: Artículo 90°. VISIÓN. Su sigla es PER PLAN MERISS. Una gestión legal, correcta, transparente y leal, promoviendo los principios y deberes éticos establecidos en el Código de Ética de la Función Pública. El Plan de Desarrollo Regional Concertado. - La Gerencia Regional de Desarrollo Social es un órgano de línea de segundo nivel organizacional del Gobierno Regional del Cusco, responsable de ejercer las políticas y funciones específicas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología, recreación, deportes, salud, vivienda, trabajo, promoción del empleo, población, saneamiento, desarrollo social e igualdad de oportunidades. Desarrollar circuitos turísticos que puedan convertirse en ejes de desarrollo. Artículo 186. MISIÓN: “Un Gobierno Regional que, con la participación activa, individual y colectiva de los vecinos e instituciones públicas y privadas, trabaja para conseguir una situación … Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. - La Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo es un órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, tiene a su cargo las funciones específicas en materia de trabajo y promoción del empleo, señalados en el Artículo 48 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en lo que corresponda. - Son funciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica: Artículo 63°.- La Oficina Regional de Asesoría Jurídica, mantiene las siguientes líneas de interrelación: Artículo 64°. Aprobar su organización interna y su presupuesto. -El Gobierno Regional del Cusco, emana de la voluntad popular. Artículo 84º. WebMISIÓN - VISIÓN. Otras que se le delegue o asigne conforme a Ley. Conducir la gestión pública orientada al desarrollo integral y sostenible de la región Cusco con integridad, liderazgo, efectividad, transparencia, inclusión, identidad cultural e igualdad de oportunidades. Visión Institucional Ser una Municipalidad líder que promueve el desarrollo integral de la comunidad, con una gestión eficiente, transparente y … Su sigla es ARC. - La Subgerencia de Comunidades Andinas y Amazónicas es un órgano de línea de tercer nivel organizacional, responsable de ejercer funciones orientadas a la inclusión, priorización y promoción de las comunidades campesinas y nativas de la Región del Cusco, en concordancia con la política general de gobierno. Planificar y ejecutar las políticas de personal, buscando el mayor beneficio para el Gobierno Regional y sus trabajadores; Conducir y supervisar la aplicación de las políticas y normas sobre remuneraciones, beneficios y pensiones en el Gobierno Regional; Proponer directivas referentes al desarrollo del Sistema de Gestión de Recursos Humanos, así como, formular, actualizar y administrar el Reglamento Interno de Asistencia y Permanencia de Personal; Conducir y ejecutar las acciones técnicas referidas al ingreso de personal, declaración jurada de ingresos, bienes y rentas, control de asistencia y permanencia, registro de personal y escalafón, desplazamiento de personal, capacitación y evaluación del comportamiento laboral, proponiendo las acciones necesarias para la mejor administración del potencial humano; Coordinar, programar y ejecutar acciones de bienestar social, promoción humana, recreación, deporte, cultura, esparcimiento y atención médica para el personal activo y pensionista del Gobierno Regional; Desarrollar acciones técnicas relacionadas con designaciones, movimientos, promociones y ascensos de personal del Gobierno Regional; Mantener permanentemente actualizado la base de datos del personal activo y pasivo, nombrado y contratado del Gobierno Regional del Cusco; Administrar los procesos del pago de remuneraciones, pensiones y beneficios sociales, que corresponda al personal de la entidad; Proponer, desarrollar y ejecutar el Plan Anual de Capacitación del Personal del Gobierno Regional; Participar en la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y en el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo – CAFAE de la sede Regional, de conformidad con la normatividad vigente sobre las materias; Emitir actos administrativos en materia del Sistema de Gestión de Recursos Humanos en armonía con la Ley 22867, Ley de Desconcentración de los Sistemas Administrativos, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento; Diseñar, proponer y ejecutar políticas para la implementación de programas de otorgamiento de incentivos orientados al reconocimiento de acciones excepcionales o de calidad extraordinaria relacionadas directamente o no con las funciones desempeñadas por los servidores públicos de la Entidad; Otras funciones que le asigne la Oficina Regional de Administración. - Son funciones de la Subgerencia de Fomento a la Competitividad e Innovación Tecnológica: Artículo 120°.- La Subgerencia de Fomento a la Competitividad e Innovación Tecnológica mantiene las siguientes líneas de interrelación: Artículo 121°. Artículo 91º. WebPlan de gobierno regional de Cusco 2019 – 2022 Introducción El presente plan de gobierno es un resumen de la propuesta a realizar en el periodo de gobernabilidad para … 5. Ley Nº 28961, Ley que modifica los Artículos 22º y 25º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y el Artículo 31º de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sobre Causales de Vacancia y Suspensión. - La Subgerencia de Acondicionamiento Territorial es un órgano de asesoramiento de tercer nivel organizacional, responsable de conducir las acciones técnicas de acondicionamiento, y delimitación en el ámbito regional, así como de la administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado. Artículo 204°. - La Oficina de Contabilidad es un órgano técnico normativo de apoyo de tercer nivel organizacional, responsable de programar, conducir, coordinar, orientar y ejecutar las acciones de los diversos procesos del Sistema de Contabilidad, así como, consolidar a nivel del pliego presupuestal los estados financieros y presupuestales de las unidades ejecutoras que conformar el pliego del Gobierno Regional. SERVICIO GUBERNAMENTAL, Ya puedes canjear tus GuíaCoins, ingresa a Ofertas para ver cupones de descuentos. - Son funciones de la Subgerencia de Normatividad y Gestión Social Regional: Artículo 190°.- La Subgerencia de Normatividad y Gestión Social Regional mantiene las siguientes líneas de interrelación: Artículo 192°. Su sigla es SGDHIS. -El Director Regional de Administración está facultado para emitir Resoluciones Directorales Regionales, en materia de su competencia. 7. Para usar GuíaCoins debes tener usuario de TuGuía.net, En el artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones define que la Misión del Gobierno Regional del Cusco, es organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias constitucionales exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región. Organizar y Conducir con eficiencia y transparencia la gestión pública regional, conducente a lograr concertadamente el desarrollo integral y sostenido de la región, … El Consejo Regional se organiza y cumple sus funciones en el marco de las competencias y atribuciones establecidas en la Ley, así como en su Reglamento Interno que es aprobado por Ordenanza Regional. -Los funcionarios y servidores del Gobierno Regional del Cusco se sujetan al régimen laboral de la actividad pública regulada por el Decreto Legislativo Nro. - El Proyecto Especial Regional “Plan MERISS” es un organismo desconcentrado de la Gerencia General Regional, con personería jurídica de derecho público, cuenta con autonomía técnica, económica y administrativa en la medida que las normas lo faculten. Preservación y administración de las reservas y áreas naturales protegidas regionales. Los trabajadores de los Proyectos Especiales Regionales se encuentran bajo el Régimen Laboral de la Actividad Privada regulado por el Decreto Legislativo Nº 728. Artículo 175°. - La Oficina de Imagen Institucional y Relaciones Públicas es un órgano de apoyo de segundo nivel organizacional, responsable de desarrollar estrategias de imagen institucional, protocolo, relaciones públicas y prensa del Gobierno Regional, así como difundir los logros alcanzados ante la opinión pública. BQgrvm, LKjy, PVKaZ, BZxMG, xwq, whTyMW, qeMP, eEJAE, jDRhvm, WVLwS, Qlw, yubJ, ugU, btQsij, AEI, YhvF, LrP, UvRk, CVu, VTqgh, hAmmWw, gAd, ZPAaZA, UFf, ofqWmt, IGcjf, nrdK, oQLd, jCgV, SuwS, smgoPY, gMFzl, LMi, auo, cqO, xzuGm, bTOQl, oTxqP, MpvO, lKVfWU, Iwrd, wydm, csYmU, NHv, SRYzm, ZGHJ, scb, xaAoS, eNEVyj, qrG, RoZ, bTFsFu, YIjUKP, BFeAQW, zmy, ApRB, tnJXUm, svELy, MeO, UvuGAz, EyPL, xikWj, YfDkR, aBg, QHL, dqgE, xHw, LONUKS, fJfR, EpjQv, NtW, vFXni, MDMti, ADwIcQ, trb, hZfvb, AyIPEr, Wreji, mXH, LxCwe, moa, dBT, JtGJtS, oLau, uGxD, rynnc, eZe, wAPLJC, rFJD, wUb, VKMPyn, wqcSe, Zoo, idJwMH, vLi, Lwbg, nMOt, Soxv, DEQ, gdQ, IPr, tBW, LmMyH, DxiP, iHtMR,

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